¿Qué significa?
Los libros y registros contables son los documentos donde se anota de forma ordenada la información contable de tu negocio (ventas, compras, movimientos de caja, etc.). SUNAT exige llevar determinados libros según tu régimen tributario y tu nivel de ingresos — no todos los negocios están obligados a los mismos libros.
¿A quiénes aplica?
A todo negocio con RUC activo en el RER, el Régimen MYPE Tributario o el Régimen General. Los contribuyentes del Nuevo RUS no están obligados a llevar libros ni registros contables, aunque sí deben conservar sus comprobantes de pago.
¿Qué debes hacer?
- Identifica tu régimen tributario y tu nivel de ingresos anuales (en UIT).
- Ubica en la tabla qué libros te corresponde llevar.
- Si llevas los libros de forma manual o en hojas sueltas, verifica que estén correctamente legalizados por notario antes de usarlos.
- Conserva tus libros y documentación mientras el tributo no esté prescrito.
Fechas importantes
Libros obligatorios según régimen e ingresos (RMT y Régimen General)
| Nivel de ingresos | Libros obligados a llevar |
|---|---|
| Hasta 300 UIT | Registro de Ventas, Registro de Compras, Libro Diario de Formato Simplificado |
| Desde 300 hasta 500 UIT | Registro de Ventas, Registro de Compras, Libro Diario, Libro Mayor |
| Más de 500 hasta 1,700 UIT | Registro de Compras y Ventas, Libro Diario, Libro Mayor, Libro de Inventarios y Balances |
| Más de 1,700 UIT (solo Régimen General) | Contabilidad completa: Libro Caja y Bancos, Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Ventas y Compras |
En el NRUS no se lleva ningún libro. En el RER solo se llevan el Registro de Compras y el Registro de Ventas, sin importar el nivel de ingresos.
Ejemplo práctico
Una empresa del Régimen MYPE Tributario con ingresos netos anuales de 250 UIT solo necesita llevar Registro de Ventas, Registro de Compras y el Libro Diario de Formato Simplificado — no le corresponde aún el Libro Mayor.
¿Qué pasa si no cumplo?
No llevar los libros que corresponden, o llevarlos sin la legalización notarial requerida, puede generar infracciones tributarias y dificultar sustentar tus costos y gastos ante una fiscalización.
Recomendación de Serviconta
En Serviconta llevamos tus libros contables de acuerdo con tu régimen y nivel de ingresos, y verificamos que la documentación esté correctamente legalizada y conservada.
Base legal
Resolución de Superintendencia N.° 234-2006/SUNAT y modificatorias (libros y registros vinculados a asuntos tributarios); artículo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta y artículo 11 del Decreto Legislativo N.° 1269 (límites del RMT).
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Si estoy en el Nuevo RUS tengo que llevar libros?
No, en el NRUS no hay obligación de llevar libros ni registros contables, solo de conservar tus comprobantes de pago.
¿Qué pasa si pierdo mis libros contables?
Debes comunicarlo a SUNAT dentro de 15 días hábiles y tienes un plazo de 60 días calendario para rehacerlos, pudiendo solicitar una prórroga justificada.
¿Esto aplica a una empresa recién formada?
Sí, desde el inicio de operaciones debes llevar los libros que correspondan a tu régimen y nivel de ingresos proyectado.
¿Serviconta puede llevar mis libros contables?
Sí, es parte central de nuestro servicio de Contabilidad y Outsourcing Contable.
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Este contenido es informativo y no reemplaza una evaluación de tu caso particular. Si actúas sin asesoría profesional, asumes el riesgo de una interpretación incorrecta o un incumplimiento involuntario. Agenda una cita con nuestro equipo para cotizar el servicio que necesitas.
Este contenido es informativo y ha sido elaborado con base en las normas y fuentes oficiales vigentes a la fecha de su última actualización. Su aplicación puede variar según las características de cada contribuyente. Para evaluar un caso particular, recomendamos solicitar asesoría profesional.